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YPF debe indemnizar a los herederos de Molina Campos

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La Sala E de la Cámara Civil porteña condenó a la empresa YPF a indemnizar a los herederos del artista plástico Florencio Molina Campos por haber utilizado parte de su obra con fines publicitarios.

Los jueces Mario Calatayud, Juan Carlos Dupuis y Fernando Racimo hicieron lugar a la demanda promovida por Hortensia y Gonzalo Molina -hija y nieto de Molina Campos- por los daños y perjuicios que sufrieron por la exhibición de algunas esculturas y una calesita, en la muestra Expochacra 2005, desarrollada en la localidad de Theobald, provincia de Santa Fe, cuando la petrolera estaba en manos de la operadora española Repsol.

Exposición
Los magistrados estimaron que en la causa se acreditó que la accionada presentó el stand con obras pictóricas originales del autor y que, demás, colocó una marquesina con el nombre del artista, esculturas en diversas partes del local y una calesita con gigantografías de pinturas.

Para los jueces, “la exposición de las esculturas y las gigantografías se realizó en un stand como parte de un emprendimiento netamente comercial y con una colocación que importó la subordinación de algunas de las esculturas con copias de figuras del artista a un fin netamente publicitario, para asociar la obra artística con productos comerciales”.

En esa inteligencia, plasmaron que las creaciones de Molina Campos sirvieron para darle “mayor lustre” al evento promocional de la demandada. “Nada malo hay en ello, en tanto se cumplan las exigencias legales impuestas por el régimen de la propiedad intelectual”, aclararon.

Procedencia
En su fallo, la alzada precisó que las dificultades ocurrieron por el empleo de las copias no autorizadas de las obras del artista, que se insertaron como parte del mensaje publicitario del expositor. En tal sentido, explicó que para la procedencia de la acción no era necesario que se hubieran incorporado las figuras a las etiquetas de productos que comercializa la demandada o que se divulgaran las pinturas por avisos en medios gráficos.

El tribunal condenó a la petrolera a pagarles a los herederos de Molina Campos la suma de 60 mil pesos por daño material, y por daño moral 30 mil pesos.

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