La Alzada concluyó que se probó la causal objetiva de pérdida de confianza, que justificó la decisión resolutoria, pues las pruebas aportaron suficiente evidencia de que el actor incurrió en la conducta descripta en la carta documento extintiva.
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Compartimientos díscolos e incompatibles con la tarea
– Cuando el empleado fue citado a la oficina de Recursos Humanos de la empresa para ser notificado de una sanción por “eructar de forma grosera y adrede, para ser notado” y otros comportamientos díscolos incompatibles con su tarea, de forma intempestiva tomó a golpes de puño a G. S., una de las encargadas del sector, produciéndole lesiones en su rostro y cuerpo.
– La empresa lo despidió y en el telegrama consignó que los hechos eran repudiables en todo sentido e inadmisibles para cualquier relación laboral. Además, le recordó que fue tal la gravedad que hubo que darle intervención de la Policía Federal para hacer cesar el escándalo.