La Cámara del Crimen porteña ratificó que la violación de los correos electrónicos constituye una conducta delictiva. Así lo sostuvo el tribunal al anular una resolución de primera instancia que mandó archivar una causa porque consideró que la violación de e-mails no era equiparable a la de correspondencia tradicional.
Para dejar sin efecto la decisión tomada por la juez en lo correccional Ana Díaz Cano, la Sala VII de la Cámara remarcó que ni siquiera hacía falta la reciente incorporación de esa conducta en el Código Penal, ya que estaba prevista en la legislación anterior. “El correo electrónico, en tanto se trata de un medio que amplía la gama de posibilidades que brindaba el correo tradicional, resulta equiparable al epistolar”, señalaron los camaristas Abel Bonorino Peró y Rodolfo Pociello Argerich.