Diego Luciani afirmó que buscará revertir la “mirada que se instaló en tribunales” que valora que en causas por corrupción no aplica el tipo penal de la asociación ilícita
Diego Luciani, el fiscal que pidió 12 años de condena a Cristina Fernández de Kirchner en el juicio “Vialidad”, ratificó que apelará la decisión del Tribunal Oral Federal Número 2 (TOF2) para que también que se responsabilice a ex presidenta por el delito de asociación ilícita, que consideró probado.
Entrevistado por el medio porteño Infobae, el acusador dijo que junto a su colega Sergio Mola buscarán revertir “la mirada que se instaló en tribunales” que valora que en causas por corrupción no aplica aquel tipo penal.
Cabe recordar que mientras los jueces Jorge Gorini y Rodrigo Giménez Uriburu entendieron que en el caso no hubo una pluralidad de planes delictivos, la base de la asociación ilícita, su colega Andrés Basso no estuvo de acuerdo y propició que se sancionara a la encausada tanto por defraudación al Estado, como sucedió, como por ese delito.
“Vamos a buscar que revertir que ese criterio instalado con el fallo ’Stancanelli’, de la Corte menemista, que habló de la asociación ilícita en el contrabando de armas a Croacia y Ecuador y que tomó un liderazgo para que no se aplique esa figura en los casos de corrupción. Entendemos que ese delito no sólo vale para las causas de secuestros, drogas o evasiones sino también para los delitos de la administración pública. Ese es el nudo de la cuestión”, afirmó Luciani.
Además, adelantó que buscará revertir la absolución del ex ministro de Planificación Julio De Vido.
Planteó que es ilógico que no haya sido alcanzado por las condenas; ello así, porque el TOF2 concluyó que Fernández de Kirchner y José Lopez, secretario de Obras Públicas, formaron parte de una “colosal maniobra” de corrupción. “En nuestro alegato nosotros hemos demostrado que acá hubo una verticalidad a la hora de favorecer a Lázaro Báez”, añadió.
Por lo pronto, la Fiscalía podrá recurrir lo resuelto en marzo del año que viene, cuando se difundan los fundamentos del fallo de Gorini, Giménez Uriburu y Basso.