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Vecino condenado a indemnizar a otro por ataque de un perro

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La Sala Tercera de la Cámara en lo Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy ordenó indemnizar a un hombre que, por el ataque que le propinó un perro perdió un testículo, tras rescatar que “la responsabilidad por el daño producido por un animal doméstico no escapa al principio del riesgo creado, tratándose aquel de una cosa, y siendo de aplicación la norma del artículo 1113 del Código Civil en cuanto responsabiliza al dueño o guardián, sin que el artículo 1124 del mismo Código autorice una excepción a tal principio”.
En “Argalchi José Antonio c/ Severich, José Daniel y Carrasco, Analía, daños y perjuicios”, el tribunal encontró andamiaje jurídico en la norma del artículo 1113 del Código Civil, afirmando: “En el caso que nos ocupa, el daño es causado por un animal, sabido es que para el derecho los animales son cosas, perteneciendo a la categoría de ‘cosas animadas”.

“El ser titular de un animal, en la especie, crea una situación de peligro porque se trata de una cosa animada que en algunas oportunidades puede ser controlada. La imposibilidad de vigilancia y autoridad sobre el animal crea un riesgo, lo que conduce a proteger a los damnificados por el hecho que produzca.
El factor de atribución es objetivo, se funda en el riesgo creado, presumiéndose la responsabilidad del demandado. Basta tan sólo con demostrar que un animal causó un daño para que brote su peligrosidad o el riesgo creado para su dueño o guardián”, dijeron los jueces Norma Beatriz Issa y Carlos Marcelo Cosentini al ordenar que el accionante reciba 45.000 pesos de indemnización por daños y perjuicios y también por el daño moral provocado.
Al relatar lo acontecido, el fallo recordó que en oportunidad en que el accionante se encontraba sentado en el umbral de su casa, “en forma imprevista el perro de propiedad de los accionados se abalanzó sobre su persona mordiéndole en su anatomía, debiendo ser intervenido quirúrgicamente posteriormente para extirparle un testículo, y concurriendo día de por medio a curaciones”.

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