Se trata del caso de tres hombres quienes, tras ingresar en forma clandestina y sin autorización al Parque Nacional Tierra del Fuego, talaron más de 200 ejemplares arbóreos de lenga y guindo.
Por mayoría, la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal revocó el fallo dictado en abril de 2015 por el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, que le había concedido la suspensión del juicio a prueba a tres imputados como coautores de los delitos de daño agravado en concurso ideal con tentativa de usurpación.
Se trata del caso de tres hombres quienes, después de ingresar en forma clandestina y sin autorización al Parque Nacional Tierra del Fuego, talaron más de 200 ejemplares arbóreos de lenga y guindo en tierras de dominio público y privado, entre los meses de abril y julio de 2005.
Así, la Casación hizo lugar al recurso interpuesto por la Administración de Parques Naciones y, por segunda vez, dejó sin efecto la suspensión del juicio a prueba de los encartados, al entender que la conformidad a la concesión del beneficio que expresó el representante del Ministerio Público en su momento carece de la debida fundamentación.
Puntualmente, la Cámara consideró que la recuperación natural y exitosa del área que se verificó por medio de pericias y los mejores ofrecimientos que efectuaron los imputados en concepto de reparación del daño que causaron, así como la cantidad de horas de tareas comunitarias que se comprometieron a hacer, no disminuyen la gravedad del hecho en la que se fundó su decisión anterior; en especial, teniendo en cuenta los perjuicios ecológicos que causaron con su accionar.
Así, en razón de la gravedad del hecho, estimó que era aconsejable la realización del debate oral y público para determinar la participación y responsabilidad que pudiere corresponderles a los acusados.