La Cámara 8ª en lo Civil y Comercial de Córdoba revocó la sentencia de primera instancia en cuanto declaraba de oficio la nulidad del documento, pese a la rebeldía del accionado El resto del contenido sólo es accesible para usuarios suscriptos al diario. Si estás suscripto, iniciá sesión con tu usuario/e-mail y tu contraseña.
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