viernes 22, noviembre 2024
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Comercio y Justicia 85 años

Validan cesantía de municipal por no reintegrarse después que anularan su retiro voluntario

ESCENARIO. El municipio de Villa Santa Rosa de Río Primero actuó correctamente al disponer el apercibimiento y posterior cesantía del agente demandante.
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Al advertir que fue adecuado a derecho la medida adoptada por la Municipalidad de Villa Santa Rosa de Río Primero, la Sala Contencioso-administrativa del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) validó la intimación realizada por la administración de requerir que el agente accionante retome sus tareas bajo apercibimiento de cesantía -lo que en definitiva hizo-, rechazando su demanda y revocando lo resuelto por el tribunal a quo.

El Alto Cuerpo -integrado por los vocales Domingo Juan Sesin (autor del voto), Aída Tarditti y Luis Enrique Rubio- analizó el recurso planteado, indicando que el tribunal de mérito hizo lugar a la demanda contencioso-administrativa de plena jurisdicción interpuesta por el N. L. L. y declaró la nulidad del decreto del intendente de la comuna citada, que declaró la nulidad y revocó el permiso concedido al actor para acogerse al sistema de retiro voluntario parcial programado y lo intimó a reintegrarse a sus tareas habituales bajo apercibimiento de cesantía y de su confirmatoria.

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