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Una sola condena y ningún detenido por contagio de VIH

CLÍNICA SUCRE. Por el contagio sólo fueron a juicio la bioquímica y el hematólogo.
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El hematólogo recibió una pena de tres años de ejecución condicional. La bioquímica fue absuelta. El fiscal había pedido prisión efectiva para ambos. El caso ocurrió en abril de 2002 en la Clínica Sucre. Una parturienta y su hija recién nacida fueron las afectadas.

El 19 de abril de 2002, una mujer asistía a la Clínica Sucre para dar a luz a una niña que resultó infectada con el virus del VIH, luego de una transfusión de sangre que le realizaron en ese nosocomio. Doce años después, el caso que causó consternación en Córdoba llegó a juicio oral y ayer terminó con la condena de sólo uno de los acusados que llegó al debate oral.

Se trata del hematólogo Jorge Bordoni, quien resultó condenado a tres años de prisión condicional, mientras que la bioquímica María Beatriz Rodríguez fue absuelta por el Juzgado Correccional Nº 2 de Córdoba. Para ambos el fiscal había pedido condena de prisión efectiva (3 años y 10 meses para Bordoni, quien además era el responsable del laboratorio de la clínica, y 2 años y 8 meses, más la inahabilitación para ejercer la medicina, para Rodríguez).

El fallo fue recibido como un trago amargo por las víctimas y el abogado defensor Amadeo Ricci, quien lo calificó como una “vergüenza”.

“Es un consuelo, una situación que puede poner un paño de tranquilidad a esta madre que ha sido contagiada y a su pequeña hija, pero lejos está de ser justicia”, aseguró.

Cuando comenzó la instrucción de la causa, a cargo del por entonces fiscal provincial Maximiliano Hairabedian, hubo detenciones e imputación de seis personas. Los involucrados eran el médico obstetra Roberto Rosetti (quien ordenó la transfusión); Patricia Fuenzalida (quien buscó al linyera para donar sangre que le pedían para un familiar); el hematólogo y responsable del laboratorio de la clínica, Bordoni; Ricardo Francisco José Podio (director de la clínica); Renán César Pigni (director médico del laboratorio Villabel) y Rodríguez (bioquímica de ese centro, quien junto con el anterior firmó el apto de la sangre).

En abril de 2007, con la instrucción finalizada y poco antes de prescribir la causa, fueron sobreseídos Rosetti y Fuenzalida. El linyera no fue involucrado porque no se probó que supiera que portaba el virus.

Todos estaban acusados por propagación dolosa de enfermedad peligrosa y contagiosa agravada, pero después cambiaron la carátula y pasó a ser un delito culposo. En abril de 2007, poco antes de prescribir la causa, fueron sobreseídos Rosetti y Fuenzalida.

En tanto, Podio y Pigni fueron beneficiados, uno por prescripción y el otro quien, por tener 85 años, argumentó que corría riesgo si asistía al juicio. Un argumento similar había planteado Bordoni, quien pidió la “separación de juicio” también por razones de salud, lo que fue negado por el Tribunal.

El caso
Según consta en la causa, la clínica había recibido sangre de un linyera y el laboratorio cometió un error y la transfundió a la parturienta. El nosocomio se tomó cuatro meses para informar a la mujer de lo ocurrido, lapso en el cual le transmitió el virus a su hija en plena lactancia.

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