En primera instancia se rechazó el pedido de la curadora, pero la alzada recordó que la ley 26130 prevé expresamente la posibilidad de realización de operaciones de contracepción a personas declaradas incapaces.
La Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Junín aceptó el pedido de ligadura de trompas de falopio que presentó la curadora de una mujer declarada insana, con el consentimiento y por expresa voluntad de ella.
A su turno, el a quo rechazó la solicitud y opinó que la intervención vulneraría el derecho sexual y reproductivo de la joven. También argumentó que un procedimiento así sólo podría aceptarse en casos de extrema gravedad.
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