Pese a que el juez de origen condenó a los demandados a indemnizar a la accionante, la Cámara 7ª Civil y Comercial revocó el decisorio y rechazó la demanda, luego de determinar que no se configuró mala praxis médica con motivo de la cirugía de esfínteres a partir de la cual la paciente padece incontinencia ya que, conforme lo informado en la pericia, esa secuela “es muy frecuente”.