domingo 24, noviembre 2024
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Comercio y Justicia 85 años

Tucumán: prohiben alojar más detenidos que la capacidad permitida en dependencias de Gendarmería

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La Cámara Federal tucumana integrada por los jueces Ricardo Sanjuan, Mariana Cossio y Jorge David  dispuso que se ordene al Director y al Subdirector de Gendarmería Nacional la prohibición de que se alojen en el Escuadrón N°55  más detenidos que los que permita la capacidad del lugar destinado a ello.

De esta manera,el tribunal revocó la resolución del Juzgado Federal N°1 de Tucumán que archivaba una acción de habeas corpus que había sido interpuesta hace tres años. Concretamente, el 22 de marzo de 2017, el fiscal general Gómez interpuso acción de hábeas corpus correctivo porque en las dependencias del Escuadrón N°55 de la Gendarmería Nacional se encontraban alojadas once personas en un espacio habilitado para sólo una.

La decisión fue inicialmente apelada por el Servicio Penitenciario Federal y luego recurrida ante la Cámara Federal de Casación Penal, lo que generó demoras en el trámite del expediente.

Finalmente, el 18 de diciembre de 2019, el juez interviniente dispuso el archivo de las actuaciones, por considerar que había transcurrido bastante tiempo desde la interposición de la acción original y que los beneficiarios originarios de aquella ya no se encontraban alojados en el Escuadrón N°55. Tal resolución fue apelada por el Defensor Público Oficial y cotitular de la Comisión de Cárceles de la Defensoría General de la Nación, quien consideró “erróneo que como consecuencia de no poder darse una solución a la problemática planteada, se siga el archivo de las actuaciones”.

Desde la Cámara, los magistrados cuestionaron la tesitura del juez de grado y subrayaron de que “si no nos ocupamos de poner un límite a la situación denunciada, con seguridad se repetirán planteos de iguales características al presente, en los cuales variarán los nombres de los beneficiarios, pero la situación de hacinamiento en las dependencias de la mencionada fuerza se mantendrá, en clara violación al mandato constitucional”.

 

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