lunes 25, noviembre 2024
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Comercio y Justicia 85 años

Tras el fallo de la Corte, el juez Bruglia pidió licencia

Leopoldo-Bruglia
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El camarista Leopoldo Bruglia solicitó una licencia de cinco días hábiles por vacaciones no gozadas.

Lo hizo tras el fallo de la Corte Suprema que estableció que seguirá en su cargo temporalmente, hasta que el Consejo de la Magistratura de la Nación complete el trámite constitucional para cubrir vacantes.

“Cuando en octubre de 2017 solicité mi traslado lo hice en la inteligencia y convencimiento -fundado en cientos de procedimientos ocurridos durante los últimos 50 años-, con innegable arraigo y tradición, de tratarse de un instituto de carácter permanente que implicaba un cambio definitivo de destino”, explicó el juez al hacer su pedido.

Bruglia consideró que el decisorio de la Máxima Instancia produjo una modificación “sustancial y abrupta” en el status quo jurídico del instituto y, por ende, de su situación laboral.

“Pasé de un momento a otro a ser convertido en un juez provisorio regido por un instituto sin género, superpuesto con las subrogancias, situación que debo analizar con la tranquilidad del caso”, argumentó al solicitar días libres.

Por mayoría, la Corte dispuso que los camaristas Bruglia y Pablo Bertuzzi podrán permanecer en los cargos a los que fueron trasladados hasta que sean designados los titulares de aquéllos; es decir, los confirmó transitoriamente.

Se inclinaron por esa solución Juan Carlos Maqueda, Ricardo Lorenzetti y Horacio Rosatti, con el voto concurrente de Elena Highton.

El presidente de la Máxima Instancia, Carlos Rosenkrantz, se pronunció en disidencia y propició que Bruglia y Pablo Bertuzzi sigan desempeñándose en sus actuales puestos definitivamente

Cabe recordar que durante su presidencia, Mauricio Macri dispuso sus traslados para cubrir vacantes en la Justicia Federal.

Una vez que Alberto Fernández asumió, la metodología fue impugnada por el consejo, que ordenó revisar sus designaciones.

El trámite pasó a la Cámara Alta, ellos no se presentaron a defender sus reubicaciones y el jefe de Estado las dejó sin efecto vía decreto.

Ante ello, le pidieron a la Corte que dirimiera la cuestión.

El Alto Tribunal habilitó la discusión el per saltum que planearon y dispuso que continuarán hasta que definiera la cuestión de fondo, lo que hizo el martes.

En su parte resolutiva, la sentencia declaró la inconstitucionalidad del Reglamento de Traslados de Jueces del Consejo de la Magistratura y exhortó al Legislativo a dictar una nueva ley en la materia.

Enfatizó que la Carta Magna reconoce a los concursos como único método válido de designación de jueces y precisó que no puede entenderse que los traslados fueron definitivos porque se estaría violando el espíritu de aquélla y se habilitaría la designación discrecional, con afectación de la independencia.

También alegó que nunca hubo en el derecho argentino una referencia a traslados definitivos.

Parte de la discusión técnica del Máximo Tribunal giró en torno a una acordada propia que, en su momento, respaldó la decisión de la gestión macrista.

Al respecto, Maqueda, Lorenzetti, Rosatti y Highton estimaron que leer ese tipo de resoluciones de forma aislada es un error. “Los actores y los demandados ignoran la pirámide jurídica y las reglas de interpretación del derecho al considerar las acordadas aisladamente”, argumentaron.

Disidencia

En desacuerdo con sus pares, Rosenkrantz escribió: “Es indiscutible que un juez trasladado con sujeción a las pautas constitucionales y reglamentarias tiene la garantía de inamovilidad establecida por el artículo 110 de la Constitución. Dicha garantía consiste, como surge del propio texto constitucional, en el derecho de los magistrados a permanecer en sus empleos mientras dure su buena conducta y obviamente comprende el derecho a no ser trasladado a otro cargo sin su consentimiento”.

En otro apartado de su voto, el ministro objetó que el Consejo de la Magistratura invalidara retroactivamente los traslados; ello así, porque empleó criterios que no estaban vigentes cuando se concretaron.

“El consejo decidió que una nueva regulación de traslados tendría efectos retroactivos sobre traslados ya cumplidos y consolidados y que, por lo tanto, habían generado derechos para los magistrados trasladados”, expuso Rosenkrantz, estimando que la consecuencia de ese proceder es que la permanencia de los accionantes en los cargos que desempeñan en la Cámara de Apelaciones “quedó enteramente sujeta a la decisión discrecional del Poder Ejecutivo y, en su caso, del Senado”.

Bajo esas premisas, el presidente de la Corte consideró que la resolución 183 del Consejo de la Magistratura, que estableció que los traslados debían ser revisados por la Cámara Alta, es irregular. “Esta situación es particularmente grave pues el derecho a la inamovibilidad de los jueces es, desde el punto de vista institucional, una inmunidad indispensable para asegurar que el Poder Judicial de la Nación pueda funcionar con independencia de las otras dos ramas del gobierno nacional”, ponderó.

“Esta inmunidad es la clave de bóveda de la independencia judicial”, añadió.

Abogado

Alejandro Carrió, el abogado que representa a los camaristas, confirmó el pedido de licencia de Bruglia y precisó que Bertuzzi hará lo propio.

Carrió declaró que hubiera preferido que los supremos del voto mayoritario dijeran directamente “hicimos una mala interpretación en el pasado” para modificar su decisión en lugar de redactar un fallo tan extenso.

En tanto, advirtió que hay muchos jueces que “quedan en una situación de tembladeral” tras el decisorio. Citó el caso de María Servini, quien fue trasladada de un juzgado de Instrucción a uno federal con competencia electoral por el ex presidente Carlos Menem. “Se consideró en ese momento que no era necesario un nuevo acuerdo del Senado. Y como ella hay 30 o 40”, acotó.

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