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Tasa de interés para mutuos hipotecarios pactados en dólares

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La Sala J de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil resolvió sobre la tasa de interés que corresponde fijar para los mutuos hipotecarios pactados en dólares.
En autos “Labayos, Oscar Benjamín c/ Rueda, Nora Gladys y otro s/Ejecución Hipotecaria”, se inició ejecución hipotecaria en virtud de la mora en la que incurrieron los ejecutados a partir del día 6 de diciembre de 2017, momento en el cual dejaron de abonar las sumas en dólares estadounidenses pactadas en el mutuo hipotecario.
En primera instancia se resolvió llevar adelante la ejecución hasta tanto se hiciera íntegro pago al acreedor del capital reclamado, con más intereses que por todo concepto deberían ser calculados al 6% anual.
Ante ello, la demandante se agravió de la tasa de interés fijada por el juez de grado, la que, según afirmó resultaba confiscatoria y vulneraba el derecho de propiedad de la ejecutante, premiando el accionar moroso de la contraria.
En tal sentido, las camaristas Gabriela Scolarici, Patricia Barbieri y Beatriz Alicia Verón determinaron que: “de atenderse a las distintas variables que presenta nuestra economía, para mutuos hipotecarios pactados en dólares estadounidenses la tasa de interés que corresponde fijar es la del ocho por ciento (8 %) anual, directa, comprensiva de los punitorios y compensatorios”.
“Ello en la inteligencia que, el acreedor, con esta tasa -que se juzga adecuada a la regla moral (…) encontrará apropiado resarcimiento por los perjuicios derivados de la mora en un marco de razonabilidad, acorde con la situación existente, a las actuales condiciones de la economía del país y atendiendo especialmente a las tasas que imperan en el mercado respecto de este tipo de créditos. También se evita, de ese modo, que el incumplimiento reporte beneficio al deudor moroso por el transcurso del tiempo”, se añadió.
En virtud de ello, en el fallo las magistradas de la mencionada Sala decidieron modificar la resolución apelada, estableciendo una tasa de interés del 8% anual, comprensiva de los punitorios y compensatorios.

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