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Subrogación: la tía será quien gestará al bebé

VACÍO LEGAL. En junio del año pasado se presentó un proyecto de ley para legislar en materia de subrogación de vientres.
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Una jueza de Bariloche autorizó esa práctica y ordenó que el nuevo ser sea luego inscripto como hijo de la pareja y no de quien dará a luz

Un juzgado de Familia de Bariloche autorizó una subrogación de vientre y será la hermana de uno de los integrantes de la pareja quien gestará al bebé mediante una técnica de reproducción médica asistida de alta complejidad.

La pareja explicó que la mujer se ofreció de manera voluntaria para ser portadora y gestante y firmó la petición “como muestra de su voluntad”. Explicaron que ella no compartirá material genético con los embriones porque fueron logrados mediante técnicas de reproducción asistida -in vitro- con óvulos de una donante anónima proveniente del banco de óvulos y esperma aportado por su cuñado.

El fallo explicó que las técnicas de reproducción humana asistida implican «una conexión íntima entre nuestro cuerpo y la tecnología, en la posibilidad que brindan al ser humano en el proceso evolutivo, más allá de los condicionamientos y límites que impone la naturaleza».

La jueza Laura Clobaz ordenó que ante el Registro Civil la persona nacida sea inscripta como hijo o hija de la pareja y no de quien la dio a luz. Para ello, tal como lo solicitaron en la demanda, la jueza declaró inconstitucional el artículo 562 del Código Civil y Comercial de la Nación, que establece que «los nacidos por las técnicas de reproducción humana asistida son hijos de quien dio a luz». 

La magistrada concluyó que ese artículo «configura para los integrantes de esta familia, que han expresado su voluntad procreacional mediante el consentimiento informado, una barrera que tornaba inaccesible para ellos el ejercicio de derechos de raigambre constitucional, cuya realización es deber de la jurisdicción garantizar».

«Entiendo que nuestro Código Civil y Comercial no rechaza categóricamente esta práctica, no la prohíbe, y con ello cobra más vigencia el principio de legalidad según el cual ‘todo aquello no esta prohibido, está permitido», destacó la magistrada.

Así, ordenó «que la persona que nazca sea inscripta con el apellido de sus padres», es decir, «de quienes han prestado su voluntad procreacional, brindando el consentimiento informado».

También dispuso concederles, en el momento que corresponda, la licencia legal por maternidad/paternidad, con todos sus alcances. Por último, impuso a los padres la obligación de informar a su hijo o hija, cuando adquiera edad y madurez suficiente, su origen gestacional, para cumplir así con su derecho a la identidad en todos sus aspectos.

Nuevo concepto de familia

Desde que entró en vigencia el nuevo Código Civil, en 2015, la Justicia argentina emitió resoluciones que van más allá del modelo tradicional de familia. En tal sentido, se emitieron al menos 29 fallos de triple filiación, es decir, se pronunció casi una treintena de veces sobre la posibilidad de que un niño, niña o adolescente tenga dos mamás y un papá o dos papás y una mamá; en 26 de esos casos de manera favorable, consolidando una tendencia mundial a la «desbiologización» de los vínculos familiares

Esto, a pesar de que el texto reformado mantuvo el modelo binario consagrado en su artículo 558, en el que se establece que «ninguna persona puede tener más de dos vínculos filiales», cuya inconstitucionalidad fue declarada en 12 de esos fallos. 

Estos datos surgen del informe «La triple filiación en la jurisprudencia argentina» que acaba de publicar la Secretaría de Capacitación y Jurisprudencia de la Defensoría General de la Nación (DGN). 

Entre las personas con triple lazo de filiación se encuentra una adolescente cordobesa a quien la jueza Julia Rossi autorizó declararla hija de la expareja de su madre, además de su mamá y de su papá biológico. En tal sentido, se permitió que la joven pudiera llevar los tres apellidos en su nuevo DNI. 

El documento de la DGN muestra que la cantidad de sentencias por triple filiación ha ido en aumento desde 2017, cuando se produjo la primera, en febrero, y la segunda en octubre: 2 en 2018, 2 en 2019, 4 en 2020, 6 en 2021 y 13 en 2022; y que de las 29 sentencias emitidas desde 2015 en todo el país, solo tres se pronunciaron por el rechazo a la triple filiación. 

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