lunes 4, noviembre 2024
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Comercio y Justicia 85 años

Sólo 18% de la pensión le corresponde a la ex esposa; el resto es para la viuda

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El fallo le dio la razón a la última conviviente, quien había presentado demanda en contra de la Caja de Jubilaciones, Pensiones y Retiros de Córdoba

Al advertir de que en el caso existió concurrencia del beneficio de pensión entre la viuda y la ex esposa del causante, debiendo ser calculada la porción de la última de acuerdo con la proporción de los alimentos pactados y homologados judicialmente en el divorcio, la Cámara 3ª Contencioso-administrativa de Córdoba anuló la resolución de la Caja de Jubilaciones Pensiones y Retiros de Córdoba, que había resuelto que viuda y ex esposa con derecho alimentario concurrieran en partes iguales.

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