En el caso de Alika Kinan, la Defensoría General de la Nación (DGN) solicitó que se ordene una nueva indemnización que se adecue a las sumas pedidas en la demanda civil, contra la sentencia del Tribunal Oral Federal de Ushuaia de junio de este año.
El defensor público coadyuvante Julio A. Martínez Alcorta, quien representa a la víctima de trata de personas en la acción civil, argumentó que el fallo del tribunal no satisfizo el derecho constitucional de Kinan a la reparación plena de los daños ocasionados por el delito.
En su presentación, Martínez Alcorta explicó que si bien el tribunal reconoció que el delito lesionó seriamente los derechos fundamentales de Alika Kinan, y tuvo en cuenta el período de explotación reclamado por la querella, que fue reconocido por la Cámara de Casación en 2018, terminó ordenando una indemnización proporcionalmente menor que la original sin explicitar los motivos de ello. A 10 años del rescate de las víctimas, el monto otorgado en el nuevo juicio es menos de la mitad de lo pedido en la demanda.
Es por eso que el defensor consideró que el fallo es incompleto y autocontradictorio, y solicitó que se haga lugar a los montos indemnizatorios pedidos en la demanda en su totalidad, condenando al dueño del prostíbulo El Sheik, Pedro Montoya, a su pareja y coadministradora, Claudia Ivana García, y a la Municipalidad de la Ciudad de Ushuaia a pagar $2.365.067 más sus intereses, sin rebajas ni recortes de ninguna clase, dado que todo fue acreditado en la demanda, incluso, por valores aún mayores.
En 2016, la Justicia ya había condenado a los tres acusados y ordenado una indemnización que consideraba que Alika Kinan había sido explotada durante 11 meses. Pero en abril de 2018, la Sala II de la Cámara de Casación Federal ordenó que se realice un nuevo juicio para evaluar las penas, y pidió que el monto indemnizatorio se ajuste al período reclamado por la querella, según el cual Kinan fue explotada en el prostíbulo El Sheik durante 31 meses, desde el 8 de marzo de 2010 hasta el 9 de octubre de 2012.
En el fallo de junio de este año, el Tribunal Oral Federal de Ushuaia reconoció que la víctima fue explotada por ese período de tiempo y tuvo por acreditada la explotación sexual con aprovechamiento de la situación de vulnerabilidad, pero otorgó una indemnización que, según el defensor, “no alcanza a incrementar ni la cuarta parte del monto originalmente fijado, cuando el período temporal a cubrir es casi dos tercios más extenso”.
Reparación integral
En su presentación, el defensor considera que el delito del que fue víctima Kinan no sólo menoscabó su situación patrimonial sino que “lesionó su dignidad y varios aspectos de su persona, que deben ser reparados en toda su extensión”.
En tal sentido, pidió que se consideren las consecuencias patrimoniales del delito, las posibilidades de índole económica que Kinan dejó de percibir por el cautiverio que padeció, la pérdida de su libertad, la afectación psicoemocional y social y cómo el delito afectó su proyecto de vida, así como el daño moral y la afectación del derecho a la intimidad, que “se extiende no sólo a los aspectos de la propia vida sino también a determinados aspectos de la vida de otras personas […] como sus hijas y su marido”.
Según el defensor, la indemnización debe abarcar todas las consecuencias “tanto en el plano material como inmaterial”, es decir, “el derecho a ser reparado en toda la extensión establecida por la ley de modo tal como si el hecho ilícito nunca hubiera tenido lugar”.
Alika Kinan es la primera víctima de trata de personas que querelló y consiguió la condena de sus captores y del Estado por trata de personas y explotación sexual, y también la reparación de los daños y perjuicios sufridos. Fue representada como querellante por la DGN.