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Sobreseen a propietarios de prostíbulos por delitos de trata

12 octubre, 2010
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Durante los allanamientos no se encontraron elementos que permitieran establecer que las mujeres que allí trabajaban estuvieran sometidas.

Una denuncia por presunta infracción a la Ley de Trata de Personas, dilucidada por el Juzgado Federal Nº 1 de Córdoba, fue resuelta con el sobreseimiento de los propietarios de los prostíbulos investigados, en orden a delitos previstos en la Ley de Migraciones y en el Código Penal, toda vez que “al tiempo de diligenciarse los allanamientos solicitados por la Fiscalía Federal N° 1, no se adoptó ninguna medida de coerción sobre las personas que estaban a cargo de las whiskerías sindicadas, ni se procedió a rescatar a ninguna presunta víctima del delito de trata de persona, pues (…) al momento de la evaluación de las alternadoras no se encontraron elementos psico-sociales que dieran cuenta de que las señoritas entrevistadas se encontraran sometidas a trata”.

El fallo declaró la incompetencia parcial en razón de la materia por los hechos prevenidos en las whiskerías denominadas Diamelas I, propiedad de Roberto Santiago Gavotti,  Diamelas II, propiedad de Rosa Amalia Astrada y la ubicada en la localidad de Las Peñas, propiedad de Manuel Paredes.

“Las mujeres que ofician de ‘alternadoras’ o ‘coperas’ se encuentran allí por su propia voluntad, incursas en el circuito de la prostitución desde hace varios años. No se vislumbra que se encontraban allí bajo amenaza, fraude, coacción, privadas de su libertad para deambular; que el período de tiempo por el que permanecen desarrollando esa actividad es pactado individualmente por cada una de las mujeres. Que están conformes con el trato brindado por la dueña y comparten paseos, a manera de distracción”, condensó el fallo.

Situación óptima
Y luego agregó, “más allá de que ninguna de las mujeres que se encontraban en el prostíbulo ‘Diamelas II’ tenga una situación económica óptima  y que sean sustento de su familia, esta circunstancia resulta insuficiente para alegar una situación de vulnerabilidad, en el sentido de que tengan menores posibilidades defensivas que el común de la gente y resulte factible que alguien abuse de ellas o pueda torcer su voluntad de elegir, y prueba de ello es que trabajan ejerciendo el comercio sexual por un período determinado, se reintegran a su ámbito familiar, y luego vuelven a ofrecer sus servicios de acompañamiento por otra etapa de tiempo”.

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