NEWSLETTER
domingo 29, enero 2023
El tiempo - Tutiempo.net
  • Iniciar sesión
  • Registrate
JUS: $5.968,91
Suscribite
Comercio y Justicia
No encontramos nada...
Ver todos los resultados
Comercio y Justicia Capacitaciones
Club Comercio y Justicia
domingo 29, enero 2023
Comercio y Justicia
  • Iniciar sesión
  • Registrate
Suscribite
No encontramos nada...
Ver todos los resultados
Comercio y Justicia
No encontramos nada...
Ver todos los resultados
Comercio y Justicia Capacitaciones | Club Comercio y Justicia

Si no se probó que se beneficiaba, hubo un vínculo laboral

8 septiembre, 2017
La justicia Penal cordobesa y el slogan de la “puerta giratoria”
Compartí en FacebookComparti en TwitterEnviá

La Justicia nacional del Trabajo aplicó el principio de la primacía de la realidad cuando existe discordancia entre la práctica y los documentos suscriptos por las partes

La Cámara Nacional del Trabajo recordó que, según el principio de primacía de la realidad, en caso de discordancia entre lo que ocurre en la práctica y lo que surge de los documentos suscriptos por las partes o acuerdos celebrados entre ellas, se debe dar preferencia a los hechos acabadamente acreditados.
En “Kenig, Carlos Alberto c/ Fiorentini, Marcelo y otros s/ Despido”, el actor alegó laborar bajo las órdenes de una sociedad de hecho, en el taller metalúrgico. El accionante denunció que la relación laboral se ha desarrollado en absoluta clandestinidad y que en agosto de 2010 le fueron negadas las tareas, por lo que decidió intimar mediante telegrama a que se regularizara su situación laboral; al no recibir respuesta favorable, se consideró gravemente injuriado y despedido.
La primera instancia que decidió favorablemente las pretensiones del actor fue apelada por las codemandadas, quienes alegaron que la sentenciante realizó una errada valoración de las probanzas arrimadas a la causa.

Los jueces Estela Milagros Ferreiros y Néstor Miguel Rodríguez Brunengo, de la Sala VII, explicaron que las declaraciones testimoniales dieron cuenta de que el actor prestó servicios en el taller metalúrgico, ya que detallan que el actor era el encargado del taller metalúrgico, y que M. F. era el dueño del lugar, por lo que “siendo los testigos presenciales, ya que han tenido conocimiento directo, de los hechos que exponen, corresponde presumir la existencia de un contrato de trabajo y serán los demandadas los que deban desvirtuar la presunción (Art. 23 LCT)”.
Los magistrados resolvieron que “la existencia de una prestación de servicio con las particularidades descriptas por los testigos, llevan a la convicción de que –en el caso– las partes se vincularon mediante una relación que tuvo las características propias de una relación subordinada y dependiente (Art. 90 de la ley 18345 –modificada por ley 24635- y Art. 386 del CPCCN)”, a raíz de lo cual “se configura la presunción legal ‘iuris tantum’ (provista en el art. 23 de la LCT), de la existencia de un contrato de trabajo, cuando se acredita que ha existido una prestación de servicio”, concluyendo que “la relación habida entre las parte ha sido de índole laboral”.
En el fallo se resolvió que “no habiendo probado la demandada, que toda esa actividad desplegada por el actor hubiese sido para su propio beneficio, debe concluirse que las partes se han vinculado mediante un contrato de trabajo (Arts. 21 y 22 de la LCT)”, concluyendo que, según “el principio de primacía de la realidad, en caso de discordancia entre lo que ocurre en la práctica y lo que surge de los documentos suscriptos por las partes o acuerdos celebrados entre ellas, se debe dar preferencia a los hechos, que en el presente caso, han sido acabadamente acreditados”.

Leé también

Piden juicio político a fiscales y juez de la causa por desaparición y muerte de Arruga

Piden juicio político a fiscales y juez de la causa por desaparición y muerte de Arruga

27 enero, 2023
Asociación de abogados denuncia a la Corte Suprema ante la ONU

Jueces federales y nacionales criticaron el inicio del juicio político a la Corte Suprema

27 enero, 2023

Fiscalía activó alerta: buscan niño desaparecido cuyos padres tienen orden de captura

27 enero, 2023

Diputados iniciaron debate por juicio político a miembros de la Corte

27 enero, 2023

Opinión

La decisión de una madre 
Opinión

La decisión de una madre 

27/01/2023

Como expresan José Lázaro y Diego Gracia en su obra La relación médico-enfermo a través de la historia, uno de los hechos...

Novedades alentadoras en el offshore argentino

Novedades alentadoras en el offshore argentino

26/01/2023
Una antigua experiencia pakistaní de esterilización 

Una antigua experiencia pakistaní de esterilización 

25/01/2023
Valor +

Newsletter

Formá parte de nuestra comunidad de Empresarios y Profesionales y recibí la información especializada más relevante para que puedas anticiparte en tus decisiones estratégicas.


SUBSCRIBITE

© 2021 Comercio y Justicia Editores

Gestión

  • Edición en PDF
  • Suscribite
  • Gestión de Cliente
  • Mediakit
  • Términos y Condiciones
  • Oficinas comerciales, Redacción y Taller
  • Historia

Canales

  • Alertas por WhatsApp

Publicaciones

  • Semanario Jurídico
  • Factor
  • El Inversor y la Construcción
  • Valor +
  • Día del Abogado
  • Formación continua
  • Día del Profesional
  • Día del Graduado en Cs. Económicas
  • Buenas Prácticas
  • Salud
  • Iniciar sesión
  • Registrate
No encontramos nada...
Ver todos los resultados
  • Justicia
    • Cálculos judiciales
    • Mediación
  • Economía
    • Comercio Exterior
    • Pymes
    • Economía Verde
    • Dólar y Mercados
  • Negocios
  • Profesionales
    • #FormaciónContinua
    • RRHH
  • Leyes y Comentarios
  • Oportunidades
    • Remates
    • Licitaciones
    • Inversiones
    • Hacienda y agro
  • Factor
  • Comercio y Justicia Capacitaciones
  • Más
    • Edición en PDF
    • Salidas
    • Opinión
    • #MundoPsy
  • Suscribite

© 2023 Comercio y Justicia Editores

¡Bienvenid@ de nuevo!

Ingresá con Facebook
Ingresá con Google
Ingresá con Linked In
O

Iniciá sesión con tu usuario

¿Olvidaste la contraseña? Registrate

¡Creá una nueva cuenta!

Registrate con Facebook
Registrate con Google
Registrate con Linked In
O

Completá este formulario para registrarte

Ambos campos son obligatorios. Iniciá sesión

Recuperar contraseña

Ingresá tu usuario o email para restablecer tu contraseña.

Iniciá sesión
Are you sure want to unlock this post?
Unlock left : 0
Are you sure want to cancel subscription?