El TSJ cordobés convalidó el rechazo de la acción intentada porque el requirente no había cumplido las diligencias pertinentes a fin de obtener la cobertura solicitada. Sin embargo, paralelamente el Alto Cuerpo advirtió a la obra social provincial del trato que debe darse a las personas con discapacidad El resto del contenido sólo es accesible para usuarios suscriptos al diario. Si estás suscripto, iniciá sesión con tu usuario/e-mail y tu contraseña.
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