jueves 28, marzo 2024
El tiempo - Tutiempo.net
jueves 28, marzo 2024

Sanción a empresa constructora por fallas en inmueble

ESCUCHAR

La Justicia Contencioso-administrativa de Córdoba confirmó la aplicación de una sanción de apercibimiento, con publicación, dispuesta por la Secretaría de Industria Comercio y Alimentos, en contra de una empresa constructora, al comprobarse que la compañía no cumplimentó con la reparación de los defectos surgidos en un departamento a estrenar.
En la controversia, la empresa constructora Emcom SA se agravió de la resolución dictada por dicho organismo público, al haberse constatado defectos en la construcción de un monoambiente en el edificio "Balcones del Río" de calle Santa Fe 612 de esta ciudad.
La decisión fue asumida por la Cámara de 1ª Nominación, integrada por Ángel Antonio Gutiez -autor del voto-, Juan Carlos Cafferata y Pilar Suárez Ábalos de López. El fallo señaló que “las actuaciones se iniciaron como consecuencia de la denuncia (…) formulada el 21/07/00 por Roberto Horacio Fernández ante la División Protección al Consumidor del Ministerio de la Producción y Trabajo – Secretaría de Industria y Comercio”.

Ante ello, se precisó que “luego del acuerdo al que arribaron las partes, por el que la denunciada se comprometía a realizar las prestaciones allí estipuladas, el denunciante comparece nuevamente y alega que aquél no se cumplió de manera completa”.

Citación

Se la citó a la denunciada para que en el término de cinco días compareciera, acreditando, en su caso, el cumplimiento de lo acordado, explicó el tribunal, destacándose que “el plazo venció, por lo que incluso se pronunció el área jurídica opinando que se podía sancionar a la denunciada, por lo que queda el expediente en condiciones de que se dicte resolución”.
Gutiez advirtió que “la denunciada recién comparece después del dictamen, indicando que dejaba constancia del cumplimiento, en tiempo y forma, del trabajo de mantenimiento de la terraza, conforme lo estipulado”, acompañando copias simples de un presupuesto y de un control realizado en la terraza, ambos presuntamente emitidos por un maestro mayor de obras.
Ante ello, se expuso que “los documentos carecen de fecha cierta y de constancia fehaciente de la identidad de quien presuntamente los realizó”.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Leé también

Más populares

Sin contenido disponible

¡Bienvenid@ de nuevo!

Iniciá sesión con tu usuario

Recuperar contraseña

Ingresá tu usuario o email para restablecer tu contraseña.

Are you sure want to unlock this post?
Unlock left : 0
Are you sure want to cancel subscription?