jueves 16, enero 2025
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Comercio y Justicia 85 años

Revisan condenas por apartarse de la ley penal mínima

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La Corte Suprema de Justicia de la Nación resolvió en el caso “Luna, Nicolás y Marmisola, Nazareno” un recurso extraordinario federal presentado por el Ministerio Público Fiscal de La Pampa, declarando procedente el planteo y dejando sin efecto el fallo emitido por la Sala B del Superior Tribunal de Justicia provincial. En su decisión, el máximo tribunal del país subrayó la arbitrariedad del pronunciamiento impugnado por apartarse de los mínimos legales previstos en el Código Penal sin declarar su inconstitucionalidad.
Los hechos del caso se centraron en la condena de Luna y Marmisola por delitos de abigeato agravado, portación ilegal de armas y caza de fauna silvestre. Originalmente, el Juzgado de Audiencia de Juicio de La Pampa impuso penas de cuatro años de prisión y una inhabilitación especial para cazar. Sin embargo, el Tribunal de Impugnación Penal provincial redujo las penas a tres años de prisión condicional y mantuvo la inhabilitación. Posteriormente, el Superior Tribunal de Justicia de La Pampa ratificó esta reducción, justificándola en principios de razonabilidad y humanidad, así como en la supuesta inequidad de los mínimos penales aplicables.
El recurso extraordinario presentado por el Ministerio Público Fiscal cuestionó que el fallo provincial violaba la legislación penal al apartarse de los mínimos establecidos sin fundamentos constitucionales válidos. La Corte Suprema hizo eco de este planteo y destacó que las decisiones judiciales deben basarse en una derivación razonada del derecho vigente, y no en interpretaciones subjetivas o equitativas que contradigan la norma aplicable. Según el máximo tribunal, la sentencia apelada era arbitraria porque aplicaba el tipo penal correspondiente, pero omitía cumplir con los parámetros mínimos de pena sin argumentar su inconstitucionalidad, invadiendo así competencias legislativas.
El fallo enfatizó que los jueces no pueden apartarse de las leyes por desacuerdo personal con su contenido. Subrayó la importancia de la división de poderes y del debido proceso legal, estableciendo que el control judicial sobre la normativa se limita a determinar su compatibilidad con la Constitución Nacional. En este caso, al no haberse declarado la inconstitucionalidad de las normas cuestionadas, la reducción de las penas constituyó una clara violación al principio de legalidad.

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