La Corte Suprema de Justicia de la Nación dejó sin efecto una sentencia mediante la cual se había declarado la caducidad de la instancia procesal de la causa, lo que afectaba los intereses de niños involucrados en el reclamo por la muerte de su padre.
Los ministros Ricardo Lorenzetti, Juan Carlos Maqueda, Horacio Rosatti y Carlos Rosenkrantz compartieron los fundamentos y conclusiones del dictamen del procurador Víctor Abramovich, a los que remitieron “en razón de brevedad”.
Según consta en la causa, la madre de los niños, por derecho propio y en representación de sus hijos, interpuso un reclamo de indemnización laboral por el fallecimiento del progenitor. La Sala III del Tribunal de Trabajo dictó un proveído mediante el cual se avocó al conocimiento de la causa pero omitió ordenar la vista pertinente al Ministerio Público.
En el caso se declaró la caducidad de la instancia procesal por haber transcurrido el plazo de un año desde la última notificación o diligencia destinada a impulsar el procedimiento, conforme los términos de la norma procesal local aplicable. Esta decisión fue confirmada por el Superior Tribunal de Justicia de Jujuy.