El Juzgado en lo Civil y Comercial y de Familia de Cosquín ordenó el retiro de la licencia de conducir y la prohibición de la salida del país de un hombre por una deuda alimentaria y su inscripción en el Registro de Deudores Alimentarios.
El juez Carlos Fernando Machado explicó que “el derecho alimentario constituye un derecho humano básico” y que no cumplir con él compromete el derecho de los niños. “El hecho de que el progenitor haya debido afrontar mayores gastos no puede constituirse como fundamento válido para evitar la actualización de la mesada alimentaria. Por el contrario, le exige redoblar esfuerzos para así poder proveer adecuadamente a las necesidades de los hijos”, enfatizó.
La resolución subrayó que el padre ejerció violencia económica y patrimonial en contra de la mujer, puesto que la falta de pago de la cuota alimentaria afectó, en forma directa, a la madre y provocó un deterioro económico, ya que ella tuvo que cubrir las necesidades materiales de su hijo con recursos propios.
También recordó que el artículo 553 del Código Civil y Comercial de la Nación faculta al tribunal a tomar “medidas razonables para asegurar el cumplimiento de la cuota establecida”.