domingo 15, junio 2025
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Comercio y Justicia

Restituyen arma incautada a policía retirado; acredita aptitud psicológica y legítimo usuario

DECISIÓN. El tribunal encontró razones para restituir el arma incautada.
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La Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Familia y Contencioso Administrativo de Segunda Nominación de Río Cuarto resolvió hacer lugar al recurso de apelación interpuesto por el Sr. F. J. P. y revocar la decisión del juez de primera instancia que había denegado la restitución de un arma de fuego incautada en el marco de una causa por violencia familiar. En su lugar, ordenó que el arma sea restituida al peticionante con la condición de que se acredite la calidad de legítimo usuario conforme a la normativa de la ANMac y se obtenga un informe psicológico o psiquiátrico favorable emitido por un profesional idóneo de la fuerza policial.
El tribunal, integrado por los jueces Carlos A. Lescano Zurro, Fernanda Bentancourt y José María Herrán, analizó los antecedentes del caso y advirtió que el secuestro del arma se había producido en el marco de la confirmación de una medida cautelar de restricción de contacto dispuesta inicialmente por la fiscalía, ante denuncias recíprocas por violencia familiar. Esa medida fue luego acotada por el juez de la causa a un plazo de cinco meses. Durante la tramitación posterior, se incorporaron informes del equipo técnico del Ministerio de Justicia provincial y del Cuerpo Técnico de Asistencia Judicial.
Entre los elementos valorados por la Cámara, se destacó un informe psicológico oficial, que indicó que “el Sr. F. J. P. se encontraba en condiciones psicológicas para restitución de sus armas reglamentarias”. Asimismo, se valoró el informe del asistente social de la Secretaría de Lucha contra la Violencia a la Mujer y Trata de Personas, quien si bien no emitió una conclusión definitiva, sugirió que la valoración psicológica sea realizada por profesionales de la misma fuerza dado que una única entrevista no era suficiente para determinar riesgo alguno.
Otro dato considerado relevante fue que, según los registros del expediente y los propios dichos del denunciante, desde los hechos ocurridos el 11 de septiembre de 2022, no se habían producido nuevas situaciones de violencia. Incluso, se remarcó que las partes habrían arribado a un acuerdo en el marco de la causa de familia que tramita paralelamente, en relación al régimen comunicacional y cuidado de la hija menor involucrada.

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