El Superior Tribunal de Justicia de Jujuy revocó una sentencia por la que le habían fijado a un abogado un monto inferior al exigido por ley
El Superior Tribunal de Justicia de Jujuy revocó una sentencia por la que le habían regulado a un abogado la suma $1.166 en concepto de honorarios, menos de la mitad que el mínimo exigido de $3.500, estipulado por la acordada Nº 96/2016, dictada por el Alto Cuerpo.
En la resolución, la Sala III Contencioso-administrativa y Ambiental del STJ reconoció que, si bien el tema de honorarios es “una cuestión extraña a la revisión en esta instancia”, también admitió que estaba en presencia de una sentencia que “ha caído en un tratamiento arbitrario en la fijación del monto de los honorarios”.
Con votos de los jueces Pablo Baca, María Silvia Bernal y Clara Aurora De Langhe de Falcon, el Tribunal esostuvo que fue el propio tribunal inferior quien “juzgó sin atenuantes, al imponer las costas a la demandada, que hubo motivos para litigar conforme a las constancias de la causa”. Por lo tanto, resultaba contradictorio regular honorarios por debajo del mínimo en el caso.
“La argumentación a la hora de tratar las costas y la regulación de honorarios en el caso, se muestra contradictoria con la suma establecida para la retribución pecuniaria al letrado de la parte que se juzgó tuvo causas atendibles para litigar”, señala el fallo del Máximo Tribunal provincial.
Para los magistrados, en suma, la discrecionalidad para fijar el monto de los honorarios profesionales por debajo del monto mínimo general “no puede también más que ser de índole excepcional, debiendo, en tal caso, fundarse”.