La jueza Sandra Arroyo Salgado, titular del Juzgado Federal en lo Criminal y Correccional número 1, de San Isidro, declaró formalmente inadmisible una presentación realizada por Ernestina Herrera de Noble y su abogado, Gabriel Cavallo, en la cual impugnaron el uso del material existente en el Banco Nacional de Datos Genéticos (BNDG) y pidieron la exclusión de intervención del organismo en peritajes.
El patrocinante denunció irregularidades en el organismo y sostuvo que no hay certeza en cuanto a que las muestras allí existentes no hayan sufrido alteraciones.
Ante ello, Arroyo Salgado señaló que la defensa eligió una vía impugnativa inadmisible y que efectuó un planteo dirigido a suspender la realización de una prueba esencial por parte de un organismo técnico idóneo, cuya intervención fue dispuesta legalmente y ratificada por numerosos precedentes jurisprudenciales.
En ese sentido, consignó que las garantías de la justiciable se encontraban protegidas por el derecho de forma, desde que se le reconoció la posibilidad de proponer medios de prueba, de controlar su producción, de impugnar por los carrilles adjetivos correspondientes su utilidad y procedencia o controvertir su eventual valor de convicción.
En tanto, la jueza aseguró que tanto en la causa en la que se investiga la filiación de los hijos de la presentante como en otras análogas, el BNDG es el único organismo con competencia para intervenir en exámenes como los ordenados. A su vez, estimó que lo solicitado era irrazonable, que no tenía sustento lógico y fáctico y que no había perjuicio concreto e irreparable.