Concluyen que existían motivos para presumir que de las escuchas podrían surgir datos esenciales para la investigación en un caso de estupefacientes
El Tribunal Oral Federal N° 2 (TOF Nº 2) de la ciudad de Córdoba rechazó un planteo nulificatorio formulado por un defensor oficial, respecto de una intervención telefónica, aseverando que la resolución que ordenó dicha práctica “se encuentra fundada en la existencia de motivos suficientes para presumir que de la escucha y registro de las comunicaciones telefónicas del aparato mencionado, pueden surgir datos importantes para la investigación del ilícito de comercialización de estupefacientes correspondiente al sumario (…), no advirtiéndose violación a garantías constitucionales como la invocada”.
Los jueces Carlos Julio Lascano, José María Pérez Villalobo y José Vicente Muscará argumentaron que resultaba claro para el tribunal “que ningún acto del proceso puede violentar garantías constitucionales en vigor, so pena de declaración de nulidad dado su carácter absoluto”.
El fallo sostuvo que debía considerarse “que el proceso penal constituye, en sí mismo, una injerencia importante en la vida de las personas que no sólo afecta de manera directa la privacidad de aquel contra quien se dirige la acción, sino que suele afectar también la vida privada y la libertad misma de otras personas”.
“El criterio sostenido en este tratamiento es por otra parte el que ya ha adoptado este Tribunal en numerosos fallos respecto de la constitucionalidad de semejante injerencia en la esfera íntima de las personas”, apreciaron los magistrados.
Concretamente, “si bien en este caso se ordena la intervención de un teléfono celular, se hace sobre un número de teléfono determinado que aparece con las tareas de inteligencia de los investigadores y de cuya intervención autorizada por orden judicial se desprenden elementos más que importantes para la causa, en principio el posible proveedor de sustancia estupefaciente, y a la postre un comprador de gran cantidad de sustancia estupefaciente para ser trasladada y comercializada en otra ciudad, un claro eslabón del narcotráfico en plena actividad”.