La demanda se estructuró sobre supuestos daños patrimoniales que, a la postre, no fueron demostrados ante el tribunal interviniente
Al no acreditarse los daños patrimoniales, base de la acción entablada, la Cámara 2ª Civil, Comercial, Familia y Contencioso-administrativa de Río Cuarto rechazó la apelación interpuesta por los accionantes en contra la sentencia que rechazó la demanda de daños y perjuicios contra una cooperativa de servicios públicos, una empresa constructora y su director técnico, terceros citados, por distintos defectos constructivos en las unidades habitaciones de un plan de viviendas.
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