La Cámara 7ª en lo Civil y Comercial de Córdoba resolvió confirmar la decisión de primera instancia que rechazó el levantamiento de un embargo trabado sobre un vehículo automotor. La causa se originó en un juicio ejecutivo iniciado por J. M. F. contra E. D. M., en el que se dispuso el embargo de un automotor. Posteriormente, un tercero, A. J. A., adquirió el vehículo y solicitó el levantamiento de esa cautelar ofreciendo una suma de dinero, la cual resultó insuficiente para cubrir la totalidad de la deuda principal, los intereses y las costas según la liquidación presentada.
El juez de primera instancia consideró que el monto ofrecido no garantizaba la satisfacción completa de las obligaciones, razón por la cual rechazó la solicitud de A. J. A. Esta decisión fue apelada por el adquirente, quien argumentó que el embargo no debía exceder el monto nominal registrado al momento de trabarse.
Interpretación
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