lunes 13, enero 2025
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Comercio y Justicia 85 años

Rechazan extender a Instituto la condena laboral por deudas de quien explota la cantina del club

ESCENARIO. La cantina del club de Alta Córdoba, donde trabajaba la demandante.
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El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Córdoba, en su Sala Laboral, resolvió hacer lugar a la casación planteada por el club Instituto Atlético Central Córdoba y revocó la extensión de la condena solidaria que vinculaba a esa institución con las deudas laborales de Piguen SA, empresa que explotaba la cantina del club.
La resolución se basó en la falta de relación entre la actividad deportiva del club y los servicios gastronómicos proporcionados por la empresa concesionaria, lo que invalidaba la aplicación del artículo 30 de la Ley de Contrato de Trabajo (LCT).
La entidad albirroja, parte recurrente, argumentó que el objeto social del club es exclusivamente deportivo, sin relación inherente con la elaboración de alimentos o la explotación de un bar o local bailable. En este sentido, la demandada se señaló que el servicio de cantina donde laboraba la trabajadora accionante como bachera, no formaba parte de las actividades normales y habituales del club. El club también destacó que no tiene sentido sostener que los socios acuden a practicar deportes porque existe un bar en el establecimiento.

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