Los camaristas interpretaron que no se produjeron las pruebas suficientes y necesarias para demostrar el supuesto daño, que argumentó un franquiciado instalado en la ciudad de Salta
Al confirmar que la falta de prueba de los daños que se invocaron en la demanda por incumplimiento contractual presentado por un ex franquiciado de Grido resultó suficiente para rechazar la demanda, la Cámara 7ª Civil y Comercial de Córdoba desestimó la apelación presentada por el accionante, confirmando la eximición de Helacor SA y Cremas Heladas del Norte SRL de la acción entablada.
Apoyá el periodismo especializado e independiente
Este contenido es exclusivo para suscriptores.
Iniciá sesión si sos suscriptor/a