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Rechazan amparo por el cupo de género en los concursos

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El Juzgado Contencioso-administrativo Federal Nº 4 rechazó un amparo colectivo interpuesto por diferentes organizaciones para que se obligara al Consejo de la Magistratura de la Nación a garantizar el cupo de género en las ternas de los concursos.

De esta manera, la magistrada Rita María Ailán no hizo lugar al pedido de impugnar una serie de concursos por falta de mujeres en las ternas. La decisión se divulgó en el marco de los autos Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia y otros c/ Consejo de la Magistratura s/Amparo Ley 16.986.

La jueza recordó que el Consejo adaptó el reglamento para concursos y resolvió que «una vez que la Comisión se haya expedido sobre las impugnaciones, deberá convocar para la realización de la entrevista personal, como mínimo, a los postulantes que hubieren obtenido los primeros seis puntajes en el orden de mérito. Para el supuesto de que entre los primeros seis lugares no hubiera una mujer, se convocará además a la entrevista a las dos postulantes mujeres que sigan en el orden de mérito, siempre que hayan obtenido los puntajes. 

El fallo destacó que «la llamada ‘perspectiva de género’ no impone siempre decidir a favor de la mujer sino impedir que ella sea postergada por el hecho de serlo. Si bien parece indudable que las acciones positivas reseñadas son temperamentos que se encaminan a ese objetivo sobre la base de ‘preferir’ el grupo a cuya tutela se ordenan, esa preferencia no puede realizarse a expensas de derechos de otros sujetos que también cuenten con amparo constitucional”. 

Para Ailán, impugnar concursos en vigor “implicaría un estado de confusión e inseguridad jurídica, así como la violación directa de normas elementales del procedimiento de selección, como lo son el respeto de las pautas a partir de las cuales las y los postulantes aceptaron al momento de inscribirse a los Concursos en trato, a fin de probar su idoneidad para ejercer la magistratura”.

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