viernes 22, noviembre 2024
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Comercio y Justicia 85 años

Ratificaron archivo de denuncia por espionaje a familiares de Santiago Maldonado

ABOGADA. La letrada de la querella es la legisladora Myriam Bregman.
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La Justicia confirmó el archivo de una denuncia en contra de Gonzalo Cané -ex secretario de Cooperación con los Poderes Judiciales, Ministerios Públicos y Legislaturas del Ministerio de Seguridad de la Nación durante la gestión de Patricia Bullrich- y de Fabián Méndez, quien en 2017 encabezaba el escuadrón 35 de la Gendarmería Nacional, por presunto espionaje ilegal a familiares de Santiago Maldonado y organismos de derechos humanos.

Maldonado quedó sin paradero conocido el 1 de agosto de 2017 en Cushamen, provincia de Chubut, tras un corte de ruta de la comunidad mapuche del lugar que fue reprimido por Gendarmería Nacional.

El caso se investigó como desaparición forzada tras el cambio de caratula del expediente.

El cuerpo del joven fue encontrado dos meses y medio después, el 17 de octubre, en el río Chubut, y el juez del caso determinó que la causa de su muerte fue ahogamiento.

Familiares de Maldonado y organismos de derechos humanos denunciaron que fueron espiados ilegalmente para conocer sus movimientos.

El juez federal Daniel Rafecas rechazó la denuncia y la Fiscalía consintió el cierre, pero la querella, a cargo de la diputada nacional Myriam Bregman, apeló. Alegó que el cierre del caso era prematuro porque quedaban medidas de prueba pendientes.

No tuvo éxito: la Sala II de la Cámara Federal confirmó el archivo del expediente al considerar que no se han aportado elementos “que sirvan de puntapié suficiente para continuar con una pesquisa criminal”.

“El juez ha investigado profundamente la hipótesis que planteó el querellante a lo largo de cinco años y concluyó fundadamente, sobre la base del resultado de esas medidas probatorias, que aquellas no avalan sus alegaciones”, estableció.

“A esta altura, las diligencias que se sostienen como pendientes carecen de potencial entidad para modificar el escenario actual, en parte por su tenor (tienen igual línea que las ya practicadas), en parte por su naturaleza (son ajenas al objeto concreto del sumario, que no es ni el propio de la investigación realizada por el juzgado federal de Rawson ni las que pudieron haberse efectuado en otro país)”, concluyó la Alzada.

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