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Proceso por el desbaratamiento de derechos acordados

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Al haberse constatado la falta de conservación de los bienes en el lugar fijado, los que fueron gravados con garantía prendaria como caución de un préstamo otorgado a los imputados mediante contrato, la Cámara Federal de Córdoba resolvió procesar a los imputados por el delito de desbaratamiento de derechos acordados, advirtiendo que “no pusieron a disposición del banco los bienes prendados, no obstante las obligaciones asumidas en el contrato prendario, habiendo dejado de pagar las cuotas acordadas, revelando con su accionar la intención de frustrar el legítimo ejercicio del derecho de la entidad bancaria a cobrarse lo adeudado, ejecutando los bienes prendados”.

En la causa se juzgó la conducta de los imputados Renato Antonio Costamagna, Olinda Magdalena Sella, Juan Carlos Costamagna y Marisel del Valle Aguirre respecto del contrato de prenda que celebraron con el Banco de la Nación Argentina, sucursal Morteros.

Valoración

El órgano de apelación, integrado por Gustavo Becerra Ferrer, Ignacio María Vélez Funes y Humberto Aliaga Yofre, valoró que, pese a que los imputados conocían la condena judicial por la falta de pago, como también el incumplimiento del contrato de prenda con registro, “no dieron aviso al banco del cambio de situación de los bienes, circunstancia que ostensiblemente tornaría incierta la garantía en la que efectivizara la obligación, viéndose de este modo burlado el compromiso asumido y frustrando el derecho de la entidad sobre los bienes”.

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