El Juzgado Federal N° 2 de Córdoba dictó el procesamiento de una empleada judicial considerándola presunta autora responsable de los delitos de supresión de documento público y de falsificación de documento público y partícipe necesaria de los delitos de falsedad ideológica, luego de haber constatado irregularidades en el trámite de cartas de ciudadanía.
El fallo expresó que la empleada de la Secretaría Electoral, Olga Liliana Borneo, “tenía a su cargo en forma exclusiva la gestión de los expedientes de carta de ciudadanía que tramitaban ante el Juzgado Federal N° 1, habiendo hecho desaparecer de los expedientes (…) los dictámenes fiscales por los cuales se solicitaba se denegara la correspondiente carta de ciudadanía (…), como así también los decretos del juez por el cual se ordenaba denegar la pretensión de la ciudadanía”.
“De este modo, haciendo desaparecer tales documentos, habría redactado proyectos de resolución por los cuales se otorgaba la ciudadanía a los interesados, cuando en realidad a tenor de los documentos suprimidos, no correspondía otorgarla”, se agregó.
En efecto, “la posibilidad de perjuicio ha sido un efecto directo de la capacidad dispositiva de la creación documental, más precisamente la imitación de la firma del Titular del Juzgado Federal N° 1, Ricardo Bustos Fierro, en las resoluciones señaladas por las cuales se otorgaba la ciudadanía argentina por naturalización, cuando en realidad, dicha condición no se correspondía con la realidad por no haber sido ellas suscriptas por el juez competente en la causa”, se sostuvo.
Finalmente se aclaró que “el titular del Juzgado Federal N° 1 habría suscripto tales resoluciones judiciales conjuntamente con el secretario Héctor Martínez, en su calidad de fedatario del Tribunal, bajo la creencia de regularidad del trámite otorgado al expediente judicial, basado en la confianza depositada a la empleada que llevaba a cargo la gestión de expedientes de cartas de ciudadanía por parte del titular del Tribunal y de su Secretario”, estando el juez Bustos Fierro en presencia de un error de hecho en los términos del artículo 34 inciso 1° del CP que excluye la culpabilidad.
Método |
– La empleada judicial hacía “desaparecer” los dictámenes fiscales que desaconsejaban otorgar ciertas cartas de ciudadanía.
– Al no existir documentación en contrario, la imputada completaba la tramitación, muy probablemente con algún fin de lucro. |