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Prioridad de paso: cómo se aplica en avenidas o arterias más transitadas

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Según la decisión judicial -en mayoría-, la legislación vigente no prevé que la regla ceda en el supuesto de que el vehículo que tiene el beneficio llegue a la encrucijada desde una calle con menor densidad de tránsito.

Luego de determinar que la regla de prioridad de paso que asiste  a quien arriba por la derecha a una esquina se mantiene aunque el otro vehículo llegue un poco antes a la encrucijada y por más que este último se desplace por una vía de mayor circulación, la Cámara 6ª Civil y Comercial de Córdoba, por mayoría, rechazó la demanda indemnizatoria intentada por el conductor que, sin preferencia de paso, resultó embestido por el rodado del accionado en el accidente de tránsito ventilado en la causa.
En sus argumentos, el tribunal de apelación consideró que “el mayor adelantamiento de quien no goza de la prioridad (…) no autoriza a invertir la responsabilidad que se infiere de la aplicación de dicha regla”, al tiempo que “en nuestro ordenamiento local, no hay previsión expresa en el sentido que la prioridad de paso del de la derecha cede en caso de avenidas o de arterias más transitadas, por lo tanto la regla no se modifica”.

El juzgado de origen resolvió la cuestión en forma inversa, responsabilizando del accidente al demandado que se conducía por calle Trafalgar, por estimar inaplicable la citada regla de tránsito en razón de que embistió al accionante que se dirigía por Rodríguez Peña y se encontraba adelantado en el cruce de ambas arterias.
En función de la apelación interpuesta por el accionado, la referida Cámara, con la mayoría integrada por Alberto Zarza y Silvia Palacio Caeiro, revocó lo resuelto y ordenó desestimar la acción entablada por el dueño del automotor que no contaba con la preferencia de paso estatuida en el artículo 65 de la ordenanza municipal 9981 y el artículo 51 de la ley provincial 9169.

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