Una abogada de Mar del Plata pidió con éxito que el Poder Judicial emitiera una cautelar para circular sin pase sanitario.
El magistrado Alfredo López la eximió, según escribió en su decisorio, de la obligatoriedad de “exhibir y/o portar la acreditación y/o el denominado ‘pase sanitario” impuesto por la disposición nacional 1198/2021 y por la resolución ministerial conjunta 460/2021 del Gobierno de la Provincia de Buenos Aires”.
Se trata del primer fallo de su tipo que emite la Justicia Federal.
La letrada Luciana Acuña cuestionó la vigencia del permiso -que rige desde el 21 de diciembre pasado en territorio bonaerense- y el fallo dictado por López es aplicable solo a su caso, aunque abre un debate judicial que podría pasar por varias instancias.
Al hacer su planteo, la abogada alegó que la obligación de portar el pase sanitario viola las garantías previstas en el Pacto Internacional de Derechos Económicos Sociales y Culturales, que “otorga el derecho a gozar del más alto nivel de salud” y, según resaltó también, consagra principios como la autonomía de la voluntad y la intimidad, y derechos como: contar con asistencia sanitaria, libre circulación; seguridad; ejercer toda industria licita y vida digna.
Además, argumentó basada en las previsiones de la Constitución Nacional.
Una vez que Acuña promovió su petición, el juez le corrió vista al fiscal Juan Manuel Portela, quien se pronunció a favor de la admisión del amparo.
El juzgador ordenó que “en forma inmediata” se resguarde el derecho de la actora a preservar su salud, así como “la vigencia del principio de autonomía de la voluntad de no inocularse las vacunas contra el covid-19” y su “plena libertad de tránsito”.