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Preventivo de Crisis en Télam: el nuevo disparate jurídico del gobierno

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Por Fernando Gómez*

En medio del conflicto por el cierre de Télam, el interventor designado por el Gobierno, Diego Chaer, comenzó a instalar la disparatada idea de aplicar un Procedimiento Preventivo de Crisis (PPC) en la empresa pública. Con ello, según sus pretensiones, allanaría el camino para realizar despidos masivos en la agencia de noticias.

Chaer y el gobierno de Javier Milei, en su afán por desmantelar la agencia Télam, han transitado el camino de asumir una retórica amenazante para obtener en forma extorsiva la firma de retiros voluntarios que hoy consideran “insuficientes”. Pretenden, entonces, violentar la legislación vigente y forzar la aplicación de un Procedimiento Preventivo de Crisis, que no podría ser aplicado para el caso particular de Télam.

En efecto, al no haberse aprobado el presupuesto para el año en curso, no podría demostrarse una situación concreta, determinada y excepcional, que no pueda ser atendida con las respectivas previsiones presupuestarias. La prórroga que el gobierno dispuso a nivel general, como método para disciplinar y reducir los salarios reales de los trabajadores del sector público, le puso límites, a la vez, al propio Estado.

El PPC está contemplado en la ley 24.013, promulgada durante el gobierno de Carlos Saúl Menem, y establece un período de negociación entre la empresa y los sindicatos con personería gremial para llegar a acuerdos respecto a los efectos de una posible crisis. Solo puede activarse si la empresa puede demostrar de manera clara y justificada la existencia de una crisis y sus causas. Es por ello que las empresas están obligadas a presentar información financiera como balances contables y la evolución de la actividad, entre otros datos.

En este caso, sería difícil justificar la crisis, además por las razones apuntadas, en tanto la inexistencia de presupuesto, ni para TELAM ni para cualquier otro organismo, y porque como sabemos el Estado no quiebra y Télam tiene una función social indelegable, garantizando el derecho a la libertad de expresión y comunicación. Esa obligación hoy el interventor Diego Chaer la está violando, como así también la del resto de medios públicos con el “proceso de reorganización” de las áreas digitales, a riesgo de ser cuestionado judicialmente por incumplimiento de deberes de funcionario público. Pero sobre todo, sería imposible para la intervención acreditar una situación de crisis que justifique la apertura del PPC sin que sea impugnado por el sindicato y los trabajadores.

Además, el PPC no autoriza automáticamente las medidas propuestas por el empleador, como despidos o cambios en las condiciones laborales, las que pueden luego ser impugnadas por los trabajadores a través de canales gremiales y judiciales.

Esto significa que los trabajadores podrían reclamar su reincorporación, con el derecho a la estabilidad laboral en el sector público. Solo si durante el período de negociación se llega a un acuerdo entre la empresa y el sindicato, y se demuestra la existencia de la crisis, estas medidas estarían legitimadas.

Durante la pandemia, varias empresas utilizaron este mismo enfoque de manera coercitiva para promover retiros voluntarios, lo que también fue revisado por la justicia. En algunos casos, se ordenó la reincorporación de los trabajadores, argumentando que habían firmado acuerdos bajo presión y coerción por parte del empleador.

Tanto el presidente Javier Milei como el interventor Diego Chaer parecen recurrir a tácticas de extorsión y amenazas para obtener ciertos resultados, como en el caso de los retiros voluntarios en Télam. La extorsión es un delito tipificado en el artículo 168 del código penal, con el agravante de que en este caso se trata de un funcionario público. Las manifestaciones de la práctica extorsiva son evidentes.

(*) Abogado

Comentarios 1

  1. Pablo says:

    Se van desvelando los bastiones kirchneristas mas reservados.

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