El artículo 1775 del nuevo plexo normativo, que rige desde agosto, veda su uso cuando se debata en el juicio la responsabilidad objetiva de unas de las partes, como ocurre con los accidentes de tránsito.
El artículo 1775 del nuevo plexo normativo, que rige desde agosto, veda su uso cuando se debata en el juicio la responsabilidad objetiva de unas de las partes, como ocurre con los accidentes de tránsito.
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