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Por error en informe médico, absuelven a supuesto abusador

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El Tribunal Oral en lo Criminal número 7 de San Isidro (TOC 7) absolvió a un acusado de abusar sistemáticamente de una vecina con retraso mental, de 20 años, a raíz de que el informe médico que acreditaba que había sido sujeto pasivo del delito carecía del sello y la firma del profesional interviniente.
Francisco Centurión, de nacionalidad paraguaya, fue absuelto por unanimidad y en el fallo, los magistrados cuestionaron a la instructora. Por su parte, el abogado de la familia de la víctima expresó que esperaba que el fiscal de juicio, Diego Molina Pico, recurriera en casación y pudiera reparar el error.
Los hechos ocurrieron en la localidad de El Talar de Pacheco, donde Centurión fue denunciado por abusar de la joven entre mayo y junio de 2007. La víctima, por su retraso madurativo, posee una edad mental de 11 años.

Más allá de que la propia ofendida narró en el debate que el encartado le decía que era su novio y que mantenía relaciones sexuales con ella, el tribunal lo absolvió. “No existe prueba científica que permita sostener la relación sexual”, enfatizó en la sentencia.
Asimismo, sobre el informe se señaló: “Esta prueba podría haber sido reeditada, pero la incuria de la fiscal impide en este momento que el tribunal la considere como tal”, acotándose que a causa de la “ineficacia” de la instructora se carecía de la certeza necesaria para condenar al imputado.

Cambio de carátula

Fuentes judiciales indicaron que el informe en cuestión era una fotocopia de un fax del escrito que realizó el médico policial que revisó a la víctima, pero que en ningún lugar del documento figura el nombre, la firma o el sello del profesional.
Por su parte, trascendió que la profesional explicó que la víctima carecía de lesiones propias de una relación sexual violenta, pero sí asentó que presentaba rotura de himen y defloración de vieja data.
La irregularidad de la probanza ocasionó que la causa llegara a juicio por abuso sexual simple, pero Molina Pico pidió el cambio de carátula por abuso con acceso carnal y sostuvo la acusación basándose en indicios y testimonios.

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