El magistrado Enrique Alonso Regueira, titular del Juzgado en lo Contencioso Administrativo Federal Número 1, se declaró competente para entender en la causa colectiva planteada por la Sociedad Rural Argentina (SRA) y la Sociedad Rural de Jesús María (SRJM) en contra del cobro de retenciones.
Lo hizo al admitir un planteo de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) y le requirió al Juzgado Federal Número 1 de Córdoba, a cargo de Ricardo Bustos Fierro, que envíe el expediente a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA).
Las actoras planteado la inconstitucionalidad de la continuidad del cobro de aquéllas y el juez precisó que la acción que promovieron tiene carácter colectivo e incluye a todos los productores agropecuarios del país.
“Se trata de actos emanados de autoridades públicas con sede en la CABA cuyos efectos no se circunscriben a una jurisdicción específica”, añadió.
El 21 de febrero pasado, la SRA y la SRJM le reclamaron que la Justicia Federal declare la inconstitucionalidad e ilegitimidad del cobro de derechos de exportación con posterioridad al 1 de enero de 2022 y que un nuevo esquema sea discutido en el Congreso Nacional, ya que entienden que ese es el ámbito para establecer políticas tributarias.