El Sistema de Coordinación y Seguimiento de Control Judicial de Unidades Carcelarias emitió un documento en el cual subraya las dificultades de la población femenina en contexto de encierro.
El Sistema de Coordinación y Seguimiento de Control Judicial de Unidades Carcelarias -integrado, entre otros, por la Comisión de Ejecución Penal de la Cámara Federal de Casación, la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional, jueces de diferentes instancias, la Procuración General de la Nación y la Defensoría General de la Nación- emitió una recomendación sobre la “cuestión de género en contextos encierro”.
En el documento, los firmantes afirman que las mujeres tienen “necesidades particulares y diferentes a las de los hombres recluidos, que deben ser atendidas, conceptualizadas y abordadas”.
Según los firmantes del escrito,“la cárcel tiene un impacto diferencial en varones y mujeres por motivos de género, que el sistema penitenciario potencia”.
Además, señalaron que las prisiones se construyeron teniendo en cuenta las vivencias y necesidades de los varones; que “prestan escasa o nula atención a las cuestiones específicas de las mujeres” y que “la falta de un enfoque de género puede tener consecuencias graves para las presas”.
En cuanto a las problemáticas específicas, la comisión valoró que la permanencia de embarazadas en los penales le plantea desafíos al sistema penitenciario, pues tanto el proceso biológico de la gestación como el estrés que produce atravesarlo en la prisión “configuran necesidades diferenciadas a las del resto de la población carcelaria, que deberían ser atendidas”.
Respecto a la presencia de niños en la cárcel, se precisó que, si bien está permitida por la Ley de Ejecución de la Pena Privativa de la Libertad (24660) como opción para las mujeres que tienen pequeños menores de cuatro años de edad a su cargo, la situación presenta desafíos urgentes, orientados a garantizar que en ese ámbito existan condiciones de vida apropiadas.
“Las cárceles no fueron diseñadas e implementadas tomando en cuenta las vivencias propias de las mujeres y mucho menos lo fueron para alojar niñas y niños pequeños, por lo que no constituyen un lugar adecuado para su permanencia”, enfatizó.
Lógica
En tanto, también se indicó que en Argentina los alojamientos para mujeres son escasos, ya que al haber menor población penitenciaria femenina, es menor la cantidad de centros y su construcción y administración mantiene “la lógica de las cárceles masculinas”.
En este sentido, se resaltó que el desafío reside en “pensar sistemas penitenciarios más acordes con la magnitud y características de la población de mujeres privadas de libertad”, así como en considerar otros modelos de encierro, como casas o centros de detención más pequeños, para asegurarles a las internas una mayor cercanía a su lugar de origen, y con medidas de seguridad proporcionadas y más adecuadas a las características de la población detenida.
Finalmente, el Sistema de Coordinación y Seguimiento de Control Judicial de Unidades Carcelarias le recomendó al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación que instrumente medidas efectivas para el estricto cumplimiento de los derechos humanos de las mujeres privadas de la libertad, garantizar su derecho a una vida libre de violencia, eliminar el trato discriminatorio y llevar adelante tareas de mantenimiento en los lugares de detención que les aseguren a las condenadas un hábitat seguro y saludable.