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Piden revisar implementación de resoluciones internas de Seguridad

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La Procuraduría de Investigaciones Administrativas (PIA), a cargo del fiscal General Sergio Rodríguez, puso en conocimiento de la ministra de Seguridad de la Nación, Sabina Frederic, y de la Jefatura de la Policía Federal y de la Fiscalía Federal de Santa Rosa (La Pampa) las observaciones que realizó en el sumario administrativo efectuado a un grupo de efectivos de esa fuerza por presuntas irregularidades durante su actuación en el marco de un operativo de control poblacional realizado en septiembre de 2019.

La medida afectó a un grupo de ocho estudiantes que estaba tomando mate en la vereda de una sede de la Universidad Nacional de La Pampa, en la ciudad de General Pico.

En su dictamen, la PIA estableció la necesidad de revisar la correcta implementación de las resoluciones del Ministerio de Seguridad de la Nación, luego de advertir de serias deficiencias en el control realizado por el funcionario a cargo de la instrucción del sumario.

El inicio de las actuaciones administrativas fue impulsado por la misma fuerza, mediante la Superintendencia de Asuntos Internos e Inspectoría General, a raíz de la fuerte repercusión mediática de los hechos y de las quejas de las autoridades universitarias.

Los involucrados son agentes asignados a la División Antidrogas de General Pico.

Del informe remitido a la PIA surge que “sin identificarse personalmente y sin expresar motivo o razón alguna”, los efectivos obligaron a los jóvenes a ponerse de pie, les ordenaron enfilarse y palparon sólo a los varones. En tanto, consigna que “con modos muy bruscos” les sacaron y revisaron las billeteras, les pidieron los documentos y les hicieron abrir las mochilas, preguntándoles si estaban “enfierrados” y si “tenían falopa”.

El instructor del sumario, labrado el 20 de enero, consideró la existencia de un marco normativo que, a su juicio, legitimó lo actuado por los agentes policiales, en referencia a la resolución ministerial 845/19 que creó el programa “Ofensores en Trenes”, mediante la cual se habilitó la intercepción de personas en la vía pública por el personal policial, con el objeto de identificarla con fines preventivos.

Sin embargo, el informe elevado por la PIA advierte de que son varios lo motivos por los cuales no se aplicaría esa resolución ministerial; entre ellos, que no explica razonablemente los fundamentos del accionar en cuestión, que los hechos analizados no suceden en la “estación del tren” ni en sus inmediaciones, y que la fecha de la publicación en el Boletín Oficial de la resolución invocada -3 de octubre de 2019- es posterior al operativo policial.

Asimismo, la PIA destacó que al momento de la instrucción del sumario administrativo en el que se justificó el accionar policial, la resolución ministerial 845/2019 ya había sido efectivamente derogada, en diciembre, “con elocuentes argumentos descalificadores basados en la criminalización de los trabajadores, el incremento de la disposición de criterios de selección y discriminación en manos de los funcionarios policiales, en contradicción con los estándares de seguridad democrática”.

Por esos motivos, la Procuraduría advirtió de que la valoración efectuada por el informe “recorta en forma ostensible y arbitraria cualquier dato que ponga en duda la legitimidad del accionar policial, y que este déficit no puede pasar desapercibido por parte de la máxima autoridad administrativa”, a los fines de encarar los procesos necesarios para su corrección como reiterada y sostenidamente lo viene reclamando la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Finalmente, la PIA le remitió a la Jefatura de la Policía Federal las actuaciones realizadas, le dio intervención a la fiscalía federal de la jurisdicción y puso en conocimiento de la ministra las observaciones efectuadas a los fines de que se implementen los cursos de acción correspondientes, para las correcciones de las políticas institucionales cuyas deficiencias advirtió.

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