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PAMI debe cubrir tratamiento de diálisis de un menor

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La Sala I de la Cámara Federal de Salta confirmó un pronunciamiento mediante el cual se hizo lugar a la medida cautelar innovativa solicitada por la madre de una menor para que el Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados (PAMI) autorice a la afiliada el tratamiento de diálisis prescripto por los médicos tratantes.
En el caso, el magistrado de primera instancia acreditó los requisitos de procedencia de toda medida cautelar innovativa, como también los recaudos de peligro en la demora y de irreparabilidad del perjuicio, ya que “el mantenimiento de la situación que se pretende innovar le ocasionaría un daño que comprometería gravemente su salud”.
La menor es afiliada al PAMI y padece insuficiencia renal terminal con dependencia de diálisis renal conforme surge del certificado de discapacidad emitido por el gobierno de la provincia de Salta.
Los camaristas analizaron el caso y afirmaron que se encuentra avalado con “criterio científico la necesidad del tratamiento de diálisis en un centro médico que cuente con la complejidad necesaria” y que el tratamiento prescripto “responde a una necesidad efectiva y actual”.
Y concluyeron que “la denegatoria de la medida cautelar ocasionaría un perjuicio a la amparista que se tornaría irreparable, o al menos de difícil solución ulterior, toda vez que se padece insuficiencia renal terminar con dependencia de diálisis renal, corresponde desestimar el recurso”.

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