La ex esposa, a quien años atrás se le dio una parte igual a ésta, estaba conviviendo en aparente matrimonio con otra persona, con lo cual desaparece el derecho alimentario acordado por sentencia de divorcio
La Sala Laboral del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Córdoba hizo lugar al recurso de revisión presentado por la conviviente del trabajador fallecido, al convalidar que -con posterioridad al fallo- se tuvo conocimiento de que la ex esposa del causante convive en aparente matrimonio con otra persona, lo que hace cesar la obligación de alimentos oportunamente acordados en la sentencia de divorcio y que había sido el motivo por el cual se distribuyó entre ambas, en partes iguales, la indemnización por muerte del trabajador.
De esa manera, se corrigió el fallo y se otorgó a la última conviviente el 35,71% restante de la indemnización, hasta llegar a 71,42% de su total.
El resto del contenido sólo es accesible para usuarios suscriptos al diario. Si estás suscripto, iniciá sesión con tu usuario/e-mail y tu contraseña.
O podés enviar una solicitud de suscripción desde aquí.