El Juzgado de Paz de Sierra Grande emitió sentencia en el marco de una denuncia contravencional presentada por V. D. contra sus vecinos H. R. G. y G. E. V., en virtud de ruidos molestos ocasionados por música a alto volumen. La jueza Carola Suárez determinó medidas provisionales para moderar los ruidos y remitió el caso al Juzgado de Faltas de la Municipalidad de Sierra Grande, considerando su competencia para intervenir.
La denuncia inicial fue presentada tras varios intentos fallidos de los denunciantes para resolver el problema de manera amistosa. Según el acta de procedimiento policial, los vecinos afectados solicitaron en repetidas ocasiones que se redujera el volumen de la música sin obtener resultados, lo que los llevó a radicar la denuncia ante la Comisaría 13. En respuesta, el Juzgado de Paz convocó a una audiencia privada con ambas partes el 30 de octubre de 2024, donde se abordaron los alcances de la Ley 5592, normativa contravencional vigente en la provincia.
Durante la audiencia, los denunciados reconocieron los hechos, alegando que la música elevada era reproducida por su hijo E. G. Manifestaron estar dispuestos a recibir notificaciones directas de sus vecinos para bajar el volumen y evitar conflictos futuros. Sin embargo, la jueza consideró que los hechos denunciados constituían una contravención tipificada en los artículos 17 y 87 de la Ley 5592, facultándola para dictar medidas preventivas que aseguren la reparación del daño y el respeto a la convivencia comunitaria.
En su resolución, la jueza ordenó que, mientras el Juzgado de Faltas evalúa el caso, los denunciados moderen el uso de aparatos eléctricos o instrumentos sonoros que puedan alterar el descanso de las personas, adaptándose a las reglamentaciones locales. También dispuso que ambas partes se abstengan de generar incidentes, emitir agravios, realizar reclamos personales o publicar comentarios en redes sociales sobre el conflicto. Además, se advirtió que el incumplimiento de estas medidas podría derivar en sanciones previstas en el artículo 23 de la Ley 5592, que incluyen amonestaciones, trabajo comunitario, multas e incluso arresto.
La resolución del Juzgado de Paz destaca la importancia de garantizar la convivencia pacífica en la comunidad y de proporcionar soluciones inmediatas a problemas cotidianos que afectan el bienestar de las personas. Al remitir el caso al Juzgado de Faltas, se buscó un tratamiento más específico del conflicto, teniendo en cuenta que este organismo cuenta con medios técnicos para evaluar y regular los niveles de ruido en el ámbito municipal.
Por último, la jueza dispuso que la Comisaría 13 de Sierra Grande interviniera de manera inmediata en caso de incumplimiento de las medidas preventivas dictadas, reafirmando el compromiso de las autoridades con la pronta resolución de conflictos vecinales y la aplicación efectiva de la normativa contravencional.
Este fallo refleja un enfoque equilibrado entre la aplicación de medidas punitivas y la promoción de la convivencia armónica, priorizando el respeto mutuo entre los vecinos y el cumplimiento de las normativas locales para garantizar el bienestar de la comunidad.