El tribunal interviniente corroboró, por medio del reconocimiento ofrecido por los testigos, la veracidad de las tareas desarrolladas por la accionante en el establecimiento educativo demandado
Después de confIrmar la existencia de una relación laboral entre una maestra jardinera y el Centro Educativo de Nivel Inicial Meninos, la Sala 6ª de la Cámara del Trabajo de Córdoba validó el despido indirecto en que se colocó la educadora accionante, ante la negativa patronal de reconocerle el contrato de trabajo habido entre las partes y condenó a la titular del establecimiento al pago de las indemnizaciones de ley.
Apoyá el periodismo especializado e independiente
Este contenido es exclusivo para suscriptores.
Iniciá sesión si sos suscriptor/a