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Ordenan indemnizar a una empleada doméstica despedida tras una licencia de seis meses

LICENCIA. Tras seis meses de licencia, el empleador notificó la extinción del vínculo laboral.
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El empleador no pudo demostrar que la trabajadora no podía reintegrarse a su puesto de trabajo. Para la magistrada, aquél aplicó la extinción sin sustento legal

La Sala 6ª de la Cámara de Trabajo de Córdoba, admitió la demanda laboral entablada por una empleada doméstica que había sido despedida por haberse cumplido los seis meses de licencia por enfermedad inculpable, al no haber demostrado el demandado que la actora no podía reintegrarse a sus tareas.

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