La Cámara 2ª Civil, Comercial y Contencioso-administrativa de Río Cuarto concluyó que era el demandado quien debía demostrar cuál era la irregularidad aducida como defensa para impugnar El resto del contenido sólo es accesible para usuarios suscriptos al diario. Si estás suscripto, iniciá sesión con tu usuario/e-mail y tu contraseña.
la demanda
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Claro como el agua
Por Claudia A. Salvay (*) En la sociedad actual se plantea una nueva cultura jurídica por medio de la mediación, que fomenta...